Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Normalización, recopilación y difusión de la toponimia

La normalización es la aprobación, por una autoridad competente, de los nombres propios de las entidades geográficas, de la forma exacta de escribirlos y de las condiciones para su uso.

Corresponde al Instituto Geográfico Nacional, a través del Registro Central de Cartografía, ejercer las siguientes funciones:

  1. La asunción de las competencias sobre toponimia que no se hayan atribuido las Comunidades Autónomas, así como sobre la toponimia que afecte a más de una Comunidad Autónoma. Para esta función se cuenta con el asesoramiento de la Comisión de Nombres Geográficos, del Consejo Superior Geográfico.
  2. La normalización de la toponimia en coordinación con los agentes competentes.
  3. La formación de bases de datos con la toponimia del Mapa Topográfico Nacional 1:25.000, con los correspondientes criterios de normalización.
  4. La difusión de la toponimia.

Enlaces de Interés

Nombres de países y capitales

Directrices toponímicas

Centro de descatgas del CNIG

Normas de Toponimia