Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Plan de rendimiento de España para el tercer periodo de referencia 2020-2024 (ESPP3)

De conformidad con el Reglamento (CE) nº 549/20041, debe establecerse un sistema de evaluación del rendimiento para los servicios de navegación aérea y las funciones de red en el cielo único europeo, en bloques de años o “periodos de referencia”. En este marco, el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/317⁽2⁾ establece normas y procedimientos detallados para la aplicación de dicho sistema y, en concreto:

  • Se dispone que el tercer período de referencia («RP3») abarca los años 2020 a 2024, ambos inclusive.
  • Se requiere que los Estados establezcan, mediante un plan de rendimiento, objetivos nacionales de rendimiento vinculantes para sus servicios de navegación aérea respecto a RP3, que deben ser coherentes con los objetivos a escala de la Unión adoptados por la Comisión.

En este contexto, los Estados Miembros presentaron inicialmente a la Comisión sus proyectos de planes de rendimiento para el tercer periodo de referencia en octubre de 2019. No obstante, durante el proceso de revisión posterior, irrumpió la crisis por COVID-19, produciéndose una fuerte reducción del tráfico aéreo como consecuencia del descenso de la demanda y de las medidas adoptadas por los diferentes Estados para contener el brote.

En respuesta a esta situación, se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/16273, sobre medidas excepcionales para el sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación en RP3. Con arreglo a dicho Reglamento:

  • El 2 de junio de 2021, la Comisión adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2021/8914, por la que se establecen objetivos de rendimiento revisados a escala de la Unión para RP3.

  • Los Estados Miembros debían preparar y presentar ante la Comisión, a más tardar el 1 de octubre de 2021, proyectos de planes de rendimiento con objetivos revisados que garantizaran la coherencia con los nuevos objetivos establecidos a escala de la Unión.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), como autoridad nacional de supervisión civil española y en el ejercicio de la responsabilidad que los Reglamentos antes mencionados le atribuyen, elaboró el Proyecto revisado de plan de rendimiento de España para el tercer periodo de referencia 2020-2024 (ESPP3), en el que se establecen los objetivos de rendimiento revisados para los servicios de navegación aérea prestados en España y las directrices de los planes de acción para cumplir con ellos.

El 17 de noviembre de 2021, se adoptó el borrador ESPP3 mediante Resolución de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, con el fin de darle traslado para su evaluación por parte de la Comisión Europea. Tras la revisión posterior, con fecha 13 de abril de 2022, la Comisión adoptó la Decisión (UE) 2022/7765, por la que se determina que los objetivos de rendimiento incluidos en el proyecto de plan de rendimiento presentado por España (ESPP3), con arreglo al Reglamento (CE) nº 549/2004, son coherentes con los objetivos de rendimiento a escala de la Unión para RP3 establecidos en la Decisión de Ejecución (UE) 2021/891.

Con base en esta Decisión, y de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2019/317, el plan nacional de rendimiento adoptado (ESPP3) se publica y se pone a disposición de todas las partes interesadas a través de los siguientes enlaces:

Normativa asociada