Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Proyecto de Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos exigibles a las organizaciones de formación de pilotos de aeronaves pilotadas por control remoto, distintas de las organizaciones de formación aprobadas conforme al anexo VII del Reglamento (UE) nº 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011 y de las escuelas de vuelo de ultraligeros, o de vuelo sin motor

  • Proyecto normativo
  • Estado del trámite: Cerrado
  • Fecha cierre aportaciones: Lunes, 29 Octubre, 2018
  • Rango normativo: Orden ministerial

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal de la web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
  2. La necesidad y oportunidad de su aprobación
  3. Los objetivos de la norma
  4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, publicado mediante la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, se expone la consulta pública que seguidamente figura.

Finalizado el periodo de aportaciones/alegaciones.