Disposición final 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre
Capítulo II. Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial
Se autoriza al Gobierno para dictar, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en esta ley.