Disposición final 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre
Capítulo II. Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial
Artículo 18. Los documentos de directrices metodológicas
Los documentos de directrices metodológicas son documentos complementarios del DOMOS que incluyen los métodos y las herramientas básicas para la elaboración de diversos instrumentos de planificación relacionados con los transportes y la movilidad y su implantación en el correspondiente ámbito.
Las directrices metodológicas abordarán, al menos, los siguientes ámbitos:
Planes de movilidad sostenible de entidades locales.
Planes de movilidad sostenible para grandes centros de actividad.
Planes de transporte sostenible al trabajo, de empresas o para centros de trabajo.
Planes de movilidad sostenible y segura a centros educativos
Zonas de bajas emisiones.
Distribución urbana de mercancías.
Política de aparcamiento y aparcamientos disuasorios.
Implantación de infraestructura y servicios para la circulación segura en bicicleta.
Las directrices metodológicas establecerán los objetivos, contenido y estructura, así como los instrumentos necesarios para su cumplimiento, seguimiento y revisión, en cada uno de los ámbitos descritos en el apartado anterior.
Las directrices metodológicas sobre planes de movilidad sostenible para grandes centros de actividad y los planes de transporte sostenible al trabajo en las administraciones públicas y empresas, abordarán cómo garantizar la accesibilidad de las personas trabajadoras, visitantes y proveedores en condiciones de eficiencia, fiabilidad y seguridad, teniendo en cuenta los efectos sobre el medioambiente y la calidad del aire.
En el seno de la Conferencia Territorial de Movilidad y Transportes se podrá establecer el contenido de estas directrices metodológicas para cada uno de los ámbitos de aplicación de las mismas