Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA)

Mitma abre el trámite de audiencia de la liquidación de la RPA de la autopista AP-7 Circunvalación de Alicante

  • El Ministerio da un plazo de 15 días hábiles para presentar alegaciones al nuevo cálculo de la RPA de la autopista alicantina.
  • Un vez recibidas y analizadas las alegaciones se procederá a dicta la primera resolución de determinación de la RPA. En estos momentos, el importe a abonar suma los 302,7 millones de euros.
  • La cifra se ha calculado según lo previsto en el Acuerdo de interpretación aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de abril de 2019, adaptado a los criterios interpretativos establecidos en las sentencias del Tribunal Supremo.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha abierto el trámite de audiencia para presentar alegaciones a la nueva liquidación provisional de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) en la autopista AP-7, Circunvalación de Alicante. El periodo de audiencia tiene una duración de 15 días hábiles y se abrió el pasado viernes 22 de julio de 2022. Una vez concluido el trámite se analizarán las alegaciones recibidas y se procederá a se procederá a dictar la primera resolución de determinación de la RPA.

Según lo previsto en el Acuerdo de interpretación aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de abril de 2019, adaptado a los criterios interpretativos establecidos en las sentencias del Tribunal Supremo, en estos momentos, el importe a abonar por RPA es de 302.712.677 euros.

El cálculo

Siguiendo lo indicado en el citado Acuerdo de interpretación, se ha determinado que la RPA reconocida de esta autopista asciende a 317.139.213 euros. Este importe es el resultado de la suma de la RPA por obras (276.622.329 euros) y por expropiaciones (74.179.718 euros), cifra a la que es preciso descontar el valor de las inversiones necesarias para obtener, en la fecha de la valoración, la “perfecta entrega de las instalaciones en condiciones de absoluta normalidad” (18.094.329 euros) así como minorar las indemnizaciones pagadas a los expropiados por la Administración (15.568.505 euros).

Sobre el importe de la RPA reconocida, y según el citado Acuerdo, se han de retener provisionalmente los importes para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes (estimación de los importes por expropiaciones pendientes de pago, de las que pueda tener que hacerse cargo la Administración), que ascienden en este momento a 14.426.535 euros.

El Acuerdo de interpretación aprobado establece que seis meses después de que se dicte la primera resolución de determinación de la RPA se procederá a determinar una resolución complementaria, y un año después -de la primera resolución-, la definitiva, a los efectos de regularizar aquellas situaciones pendientes que hayan quedado resueltas en este período, como es el pago de expropiaciones.

El origen del acuerdo

Con fecha 28 de octubre de 2021, se inició la tramitación con la apertura de trámite de audiencia. No obstante, recibidas alegaciones por parte de uno de los interesados, se consideró oportuno acordar la suspensión del referido plazo, con fecha 17 de noviembre de 2021, y atender las referidas alegaciones.

Por otra parte, en enero y marzo de 2022, el Tribunal Supremo emitió varias sentencias (Sentencias números 83/2022 a 93/2022, de 28 de enero de 2022 y número 345/2022 de 16 de marzo de 2022) resolviendo recursos interpuestos contra el “Acuerdo de interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al método para calcular la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA)”, aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de abril de 2019.

Las sentencias estiman en parte algunas pretensiones de los demandantes, lo que ha obligado a la modificación del procedimiento para el cálculo de la RPA para su adecuación a lo establecido en las sentencias.

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