Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Procedimiento para reclamar ante la Subdirección General de Régimen Postal

En caso de que la respuesta del operador postal a su reclamación no sea satisfactoria o no la haya recibido, y siempre que la reclamación sea sobre un producto incluido en el ámbito del Servicio Postal Universal, puede remitir la misma a la Subdirección General de Régimen Postal perteneciente a este Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, siempre y cuando no haya sido sometida a una Junta Arbitral de Consumo.

La reclamación ante la Subdirección General de Régimen Postal deberá efectuarse en el plazo de un mes, bien desde la recepción de la respuesta del operador o bien desde la finalización del plazo para responder del que dispone el operador postal (que es un mes desde la presentación de la reclamación ante el operador postal) y podrá realizarse por medios telemáticos o en papel. Para hacerlo por medios telemáticos deberá disponer de un certificado digital y acceder al trámite específico en la sede electrónica de este Ministerio. Para hacerlo en papel deberá realizarse utilizando el formulario que al efecto pone a disposición esta Subdirección General y presentarlo por cualquiera de las dos vías indicadas más adelante. La reclamación se resolverá en el plazo máximo de tres meses desde su presentación ante la Subdirección General de Régimen Postal. Puede enviar el formulario de reclamación cumplimentado a esta Subdirección de cualquiera de las siguientes formas:

  • Por correo postal a:

    Subdirección General de Régimen Postal

    Paseo de la Castellana 67, 3ª planta

    28071 Madrid

  • Presentando por registro, bien en el registro del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sito en la dirección anterior o presentándolo dirigido a la Subdirección General de Régimen Postal del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en cualquier registro de la Administración de acuerdo a lo recogido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..

Las reclamaciones dirigidas a la Subdirección General de Régimen Postal deberán incluir lo siguiente:

  • Obligatorio:
    • Campos marcados con (*) en el  formulario
    • Copia del DNI
    • Reclamación previa al operador postal
  • Opcional (aunque recomendado):
    • Correo electrónico
    • Contrato, factura o condiciones del envío contratado
    • Nº seguimiento del envío
    • Respuesta del operador postal a la reclamación previa, en su caso

Tras la recepción de la reclamación, por parte de la Subdirección general de Régimen Postal se evaluará si procede la iniciación de actuaciones. En caso de que no sea posible el inicio de actuaciones, se procederá a informar al reclamante de lo que proceda al respecto de su reclamación. En caso de que se inicien actuaciones, se requerirá al operador postal para que remita informe respecto a lo sucedido y posteriormente se enviará al reclamante un escrito, destacándole cuáles son los derechos, si procede, derivados de la reclamación y se le informará sobre las actuaciones llevadas a cabo, en su caso.

Las reclamaciones no relacionadas con el Servicio Postal Universal, no son competencia de la Subdirección General de Régimen Postal y, por lo tanto, no puede entrar a conocer del fondo del asunto. Para reclamaciones de este tipo de productos la Subdirección General de Régimen Postal le informará respecto a posibles opciones para ejercer sus derechos.