Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
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M9: Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras

Tren de mercancias junto a un lago

El Programa de apoyo al transporte sostenible y digital, incluido en el Componente 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), está formado por 15 medidas, de las que 13 se conceden a través de la presente convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva y en las que se garantizan los principios de libertad de acceso, publicidad, transparencia e igualdad de trato. El crédito asignado a estas 13 medidas es de 460 millones de euros.

La Medida 9 (M9) Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras, que se describe en esta página, forma parte de estas 13 medidas y, en concreto, está recogida en la Línea 4 del programa, Transporte por carretera seguro, sostenible y conectado, que cuenta con 56,5 millones de los fondos europeos.

Esta medida está enfocada a apoyar la creación de una red nacional de estaciones de servicio accesible al público para recarga y repostaje de hidrógeno renovable utilizado como combustible de motor en toda la red de carreteras de España, independientemente de su titularidad.

En este contexto, la Medida 9 cuenta con un presupuesto de 3.000.000 de euros para ayudar a alcanzar uno de los objetivos del Componente 6, que es impulsar modos de transporte más sostenibles y bajos en emisiones de gases de efecto invernadero, principalmente en el sector de las mercancías.

A continuación, encontrará información sobre las condiciones específicas que deben cumplir los potenciales beneficiarios para optar a las ayudas de la Medida 9, el tipo de proyectos susceptibles de ser financiados, etc. Toda la información y detalles sobre la Medida 9 están disponibles en el Anexo I de la Orden Ministerial 370/2022 de 21 de abril por la que se aprueban las Bases Reguladoras para el Programa de apoyo al transporte sostenible y digital en concurrencia competitiva.

Potenciales beneficiarios

Los beneficiarios deben cumplir todos los requisitos del artículo 6 de la Orden Ministerial 370/2022 de 21 de abril y, además, dependiendo de qué medida se enmarque el proyecto, deberán cumplir también los “Requisitos adicionales para ostentar la condición de beneficiario” establecidos en el Anexo I para cada medida. En líneas generales, pueden optar al Programa de apoyo para un transporte sostenible y digital todas aquellas personas jurídicas privadas o entidades del sector público empresarial, que ejerzan una actividad económica en el mercado relacionada con el objeto de las subvenciones y que tengan su domicilio fiscal en España o dispongan de una residencia fiscal o un establecimiento permanente en territorio español. También se pueden presentar agrupaciones de empresas públicas y/o privadas siempre que todos los miembros cumplan los requisitos para ser potenciales beneficiarios.

Para esta medida, no existen requisitos adicionales.

Pequeña - Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
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Descripción de la imagen

Descripción de la imagen: La imagen representa aspectos de la medida 9, denominada Acciones de apoyo a la implantación de la infraestructura de reabastecimiento de combustibles alternativos para vehículos pesados en la red de carreteras conservación de las carreteras, de la convocatoria de ayudas del programa de apoyo al transporte sostenible y digital. Este programa está financiado con los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que gestiona el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Objetivo: Crear una red de estacions de recarga y repostaje de hidrógeno renovable accesibles al público

Presupuesto: 3 millones de euros

Intensidad máxima de la ayuda: 40 por ciento de los costes elegibles

Subvención mínima: 500.000 euros

Potenciales beneficiarios: empresas públicas o privadas

  • Costes elegibles
    • Documentación del proyecto para recibir un permiso de construcción
    • Adecuación de terrenos y vías de acceso para el despliegue de estaciones de recarga y reabastecimiento de combustible
    • Construcción de la utilidad necesaria para el despliegue de estaciones de recarga y repostaje (conexión de electricidad y gas)
    • Construcción de estaciones de hidrógeno
    • Compra de estaciones de recarga o repostaje y su instalación
    • Compra de sistema de comunicación y pago de TI
    • Tasas administrativas

Ayudas

La Medida 9 cuenta con un crédito de 3 millones de euros. Los potenciales beneficiarios deberán solicitar una subvención mínima por proyecto de 500.000 euros. Como máximo, los fondos europeos financiarán un 40%. La subvención concedida a un beneficiario no excederá del 40% del presupuesto total de la medida en cumplimiento del régimen de Ayudas de Estado. En el caso de que el déficit de financiación sea inferior a la subvención solicitada, ésta tendrá el valor del déficit.

¿Cuáles son los costes elegibles?

  • Sólo los relacionados con la construcción, instalación o mejora de la infraestructura de recarga o repostaje de hidrógeno renovable para vehículos pesados, incluyendo obra civil, instalaciones y equipamiento:

    • Documentación del proyecto para recibir un permiso de construcción.

    • Adecuación de terrenos para el despliegue de estaciones de recarga/reabastecimiento de combustible.

    • Adecuación de las vías de acceso a las estaciones de recarga/repostaje (si es necesario).

    • Construcción de la utilidad necesaria para el despliegue de estaciones de recarga/repostaje (conexión de electricidad/gas).

    • Construcción de estaciones de hidrógeno.

    • Compra de estaciones de recarga o repostaje y su instalación.

    • Compra de sistemas de comunicación/pago de TI necesarios para el funcionamiento de las estaciones de recarga/repostaje.

    • Sumas globales de tasas administrativas relacionadas con la instalación de estaciones de recarga / reabastecimiento de combustible.

AvisoLos servicios de consultoría y los estudios de ingeniería de detalle serán subvencionables siempre que sean necesarios para la realización del proyecto y cuando se desarrollen en el marco de un proyecto, no pudiendo ser objeto de subvención de forma aislada. Se excluyen los costes de las unidades locales de producción de hidrógeno.

AvisoNo serán elegibles los costes financieros, los impuestos indirectos, las autorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, multas, tasas, impuestos o tributos. Tampoco los seguros, la seguridad y vigilancia, los gastos asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales o el coste de arrendamiento de terrenos utilizados para el proyecto.

¿Cómo se pueden pedir las ayudas?

Los potenciales beneficiarios deben presentar las solicitudes en el portal de ayudas de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Recuerde que en ningún caso se podrá presentar en la misma solicitud proyectos que se integren en diferentes medidas y que se pueden presentar todas las solicitudes que se deseen. En el apartado de “Documentación y normativa” de esta página encontrará la Guía del solicitante, donde se describen los pasos que hay que dar para cumplimentar correctamente todos los documentos necesarios para presentar la solicitud. Además, se incluyen manuales para elaborar la memoria técnica y financiera de los proyectos a cofinanciar, un documento con preguntas y respuestas frecuentes y la Orden Ministerial 370/2022. Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con el MITMA cumplimentando el buzón de consultas ubicado al final de la página o en este enlace

Acceso al portal de subvenciones

Aviso importante: el contenido de esta página es meramente informativo. Para poder presentar una o varias solicitudes de ayuda es necesario leerse la Orden Ministerial 370/2022 de 21 de abril, que aprueba las bases regulatorias y la convocatoria, ya que es la que contiene la información oficial y vinculante.

Enlaces de interés

  • FaqPreguntas frecuentes
  • Buzón de consultasBuzón de consultas