Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Informe anual

Los consejeros de seguridad están obligados a emitir un informe anual sobre las actividades de carga, descarga o transporte de mercancías peligrosas efectuadas por las empresas a las que están adscritos.

El contenido mínimo de dicho informe se establece en la Orden FOM/606/2018 del Ministerio de Fomento (BOE de 6 de junio de 2018).

La empresa deberá presentar de manera telemática exclusivamente, a través de la aplicación de informe anual y disponer de certificado electrónico emitido a nombre del titular o del representante de la empresa.

El plazo de presentación de los informes es del 1 de enero al 31 de marzo, del año siguiente al que se refiere el informe, excepto en el caso expuesto en el art. 28 del Real Decreto 97/2014, por cese de actividad de la empresa, que podrá emitirlo en cualquier momento del año en curso.

La Comunidad Autónoma, donde radique el domicilio social de la empresa, es la responsable de control del cumplimiento por parte de la empresa de la obligación legal de declarar la actividad realizada con mercancías peligrosas.

Para cualquier problema o incidencia relacionado con el informe anual puede dirigirse al buzón informeanual@transportes.gob.es para proporcionarle soporte y ayuda.