Fecha de la publicación: 13 de octubre de 2014.
La Dirección General de Aviación Civil ha iniciado un procedimiento para la asignación de derechos de tráfico disponibles para operar servicios aéreos de pasajeros, correo y carga en el mercado España – Israel.
La capacidad disponible para operar servicios de pasajeros, correo y carga es la siguiente:
Esta capacidad disponible se incrementará como sigue al inicio de la temporada S15:
Las compañías aéreas que actualmente estén interesadas en operar en este mercado en los doce (12) meses siguientes a la fecha del acuerdo de inicio, podrán concurrir a este procedimiento remitiendo su solicitud y proyecto operativo en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de notificación del Acuerdo de Inicio.
El Acuerdo de Inicio junto con la información e instrucciones necesarias para concurrir a este procedimiento está disponible en los siguientes enlaces:
Madrid, 10 de octubre de 2014.
En relación con el procedimiento de asignación de derechos de tráfico entre España e Israel iniciado en fecha 10 de Octubre de 2014, al que se han presentado las compañías IBERIA y AIR EUROPA; una vez comprobado que no concurren las causas de denegación previstas en el artículo 13.2 del Real Decreto 1678/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la información sobre los derechos de tráfico aéreo procedentes de los acuerdos con terceros Estados en los que España sea parte y el régimen de su ejercicio, esta Dirección General de Aviación Civil ha resuelto:
Asignar los derechos de tráfico disponibles en el mercado España - Israel, de la siguiente manera:
En consecuencia teniendo en cuenta las frecuencias asignadas con anterioridad a este procedimiento, la capacidad en este mercado queda establecida de la siguiente forma:
Ruta | Air Europa | Iberia | Vueling | Disponibles |
---|---|---|---|---|
Madrid – Tel Aviv y v.v. | 3 | 15 | - | 6 |
Barcelona – Tel Aviv y v.v. | - | - | 7 | 10 |
Resto pares ciudades | - | - | - | 14 |