Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Buques de recreo

Buques de recreo incluidos en el Real Decreto 1185/2006

Advertencia

Esas tablas son solamente resúmenes, y describen casos generales para buques nuevos. Para los detalles de instalación y para los casos particulares es necesario referirse a la reglamentación antes citada y a sus modificaciones o actualizaciones.

En las tablas se indica el número de aparatos necesario a bordo.

Nota

  • Las zona 1 es equivalente a la A2 y superiores (A2, A3 y A4)
  • Las zonas 2-7 son divisiones de la zona A1.

Equipos de radiocomunicación

Equipos de radiocomunicación
Equipos Zonas

6 y 7
Zona

5
Zona

4
Zona

3
Zona

2
Zona

1
Equipos aprobados
VHF con LSD  

1 ó VHF portátil

1 1 1 1

51 54

VHF portátil  

1 ó VHF fija

   

1 ó respondedor

1 53
Respondedor de radar 9 GHz        

1 ó VHF portátil

1 87
Receptor NAVTEX           1 25
Radiobaliza 406 MHz       1 1 1

62 (sólo para zona 3) 65

MF/HF con LSD o INMARSAT           1

43 81

Nota: Para una navegación en zona A4, se debería instalar MF/HF con LSD y no solamente INMARSAT.

Equipos de navegación

Equipos de navegación
Equipos Zonas

6 y 7
Zona

5
Zona

4
Zona

3
Zona

2
Zona

1
Equipos aprobados
GPS   1 1   1 1 97 98