Fecha de publicación: 18 de septiembre de 2017
La Dirección General de Aviación Civil ha iniciado un procedimiento para la asignación de derechos de tráfico disponibles para operar servicios aéreos de pasajeros, correo y carga en el mercado España – Brasil.
Los derechos de tráfico disponibles en el mercado aéreo entre España y Brasil son los siguientes:
Las compañías aéreas que estén interesadas en iniciar operaciones en este mercado en los próximos doce (12) meses, podrán concurrir a este procedimiento remitiendo su solicitud y proyecto operativo, siguiendo las instrucciones que se establecen en el acuerdo de inicio, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al que le haya sido notificada la iniciación de este procedimiento, o en su defecto desde la fecha de publicación de este anuncio en la web del Ministerio de Fomento.
El Acuerdo de Inicio, junto con la información e instrucciones necesarias para concurrir a este procedimiento, pueden descargarse directamente desde la sección “Documentos de la página.
En relación con el procedimiento de asignación de derechos de tráfico entre España y Brasil iniciado en fecha 15 de septiembre de 2017, al que solo se ha presentado la compañía AIR EUROPA; una vez comprobado que no concurren las causas de denegación previstas en el artículo 13.2 del Real Decreto 1678/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la información sobre los derechos de tráfico aéreo procedentes de los acuerdos con terceros Estados en los que España sea parte y el régimen de su ejercicio, esta Dirección General de Aviación Civil ha RESUELTO asignar los derechos de tráfico disponibles en el mercado España- Brasil, de la siguiente manera:
En consecuencia, teniendo en cuenta las frecuencias previamente asignadas, la capacidad en este mercado queda establecida de la siguiente forma:
CAPACIDAD POR CUPO GEOGRÁFICO | Asignación actual | |||
---|---|---|---|---|
Iberia | Air Europa | TOTAL | Disponibles | |
(A) 23 fr. a cualquier punto en Brasil, con derechos de 5ª libertad. | 12 | 7 | 19/23 | 4 |
(B) 14 fr. a cualquier punto en Brasil (excepto Sao Paulo) con derechos de 5ª libertad. | 7 | 5 | 12/14 | 2 |
(C) 14 fr. a puntos en regiones Norte y Nordeste de Brasil, con derechos de 3ª y 4ª libertad. | 0 | 5 | 5/14 | 9 |
TOTAL | 19 | 17 | 36/51 | 15 |