De acuerdo con la Ley 43/2010 (artículo 10) y el Plan de Prestación del Servicio Postal Universal, los operadores postales deberán atender y resolver las consultas, quejas y reclamaciones, tanto para envíos nacionales como transfronterizos, que les presenten los usuarios en los casos de pérdida, robo, destrucción, deterioro o incumplimiento de las normas de calidad del servicio, o cualquier otro incumplimiento relacionado con la prestación de los servicios postales. Los usuarios deben presentar la reclamación al operador postal en el plazo máximo de 4 meses desde la fecha de admisión del envío para el caso de envíos nacionales y de 6 meses para envíos internacionales.
Para ello los operadores postales deberán:
En todas las oficinas o puntos de atención al usuario de los prestadores de servicios postales serán exhibidas, de forma visible y detallada, las informaciones que permitan conocer los trámites a seguir para ejercer el derecho a reclamar.
Si el operador postal es Correos (operador designado para la prestación del Servicio Postal Universal) puede presentar su reclamación ante este operador de alguna de las siguientes formas:
En caso de que la respuesta del operador postal no sea satisfactoria para el reclamante o, en caso de no recibir respuesta en el plazo concedido al operador postal para ello (y exclusivamente para servicios incluidos en el ámbito del servicio postal universal), podrá dirigirse a la Subdirección General de Régimen Postal para presentar una reclamación por los hechos acaecidos.